POR GUILLERMO FERNÁNDEZ DE SOTO*. Columnista de EL TIEMPO.
El pasado primero de noviembre, Carlos Villalba publicó el artículo 'Los costos de la desidia', en el que se refiere al caso iniciado por Nicaragua contra Colombia ante la Corte Internacional de Justicia.
No es mi costumbre controvertir este tipo de escritos. Sin embargo, frente a lo perjudicial que resulta para un tema tan sensible como es el de la defensa de la soberanía e integridad territorial de nuestro país, considero importante hacer algunas aclaraciones, empezando por la afirmación según la cual fui yo quien, como Canciller, aceptó la jurisdicción de la Corte.
El columnista desconoce que a la CIJ se llega por varios caminos: mediante el depósito de una declaración unilateral -Colombia lo hizo en 1937 con una reserva-; por medio de tratados bilaterales o multilaterales que contemplen una cláusula en este sentido -como el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas (Pacto de Bogotá de 1948), ratificado por Colombia en 1968-, o a través de un acuerdo o compromiso para llevar una controversia específica a la Corte, como fue el caso de asilo de Haya de la Torre.
Por lo tanto, es claro que no fui yo quien aceptó la competencia obligatoria de la Corte Internacional de Justicia, sino el Estado colombiano, mediante la declaración facultativa en 1937 -la cual se retiró- y luego con el Pacto de Bogotá.
A la fecha de la demanda de Nicaragua, 6 de diciembre de 2001, Colombia tenía entonces que comparecer ante la CIJ en virtud de las disposiciones del Pacto de Bogotá, aunque dentro de los precisos términos en él establecidos.
Para hacerle frente a esa demanda, el país optó por la acción jurídica más sólida y ceñida a derecho: la presentación de excepciones preliminares para alegar, de acuerdo con el mismo Pacto, que la Corte carece de competencia para conocer el asunto elevado por Nicaragua y que debe declarar la controversia terminada, por cuanto ya fue resuelto y está regido por el Tratado Esguerra-Bárcenas y su Canje de Instrumentos de Ratificación.
Colombia no podía arriesgarse a no comparecer ante la Corte. Esa habría sido una conducta procesalmente irresponsable, contraria al derecho internacional y gravemente peligrosa para sus intereses.
Si una parte no se presenta, el proceso en todo caso continúa, como lo establece el artículo 53 del Estatuto de la Corte, sin que el Estado tenga la oportunidad de presentar sus argumentos.
Especular sobre cualquier decisión adversa de la CIJ, cuando ni siquiera se han realizado las audiencias relativas a la competencia, es insensato, irresponsable y antipatriótico.
Es importante que la opinión pública conozca que en la defensa de Colombia no han existido "secretos", ni actuaciones ocultas, como se pretende sugerir. Todas las decisiones han sido consultadas y evaluadas rigurosamente con las instancias necesarias, incluida la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores y el Congreso de la República, como corresponde a una política de Estado. La reserva a la que obliga el Reglamento de la Corte y la prudencia no se deben interpretar, con ningún pretexto, como una equivocación del Gobierno.
Lamento las imprecisiones y críticas contenidas en el artículo. En especial las que se refieren al ex canciller y agente de Colombia Julio Londoño, quien con austeridad, seriedad y patriotismo ha venido coordinando el equipo de expertos nacionales e internacionales, que ha trabajado con el profesionalismo que requiere este delicado asunto. Dichas críticas no tienen fundamento fáctico, ni a la luz del Derecho Internacional, del Estatuto y Reglamento de la CIJ, ni de su jurisprudencia más reciente.
Infortunadamente, esas críticas solo contribuyen a generar confusión y no la cohesión que todos los sectores de la sociedad deben tener en la defensa del interés nacional. Es necesario actuar con prudencia y sentido de patria.
La opinión pública tiene el derecho de saber que la estrategia para la salvaguarda de nuestra soberanía e integridad territorial ha sido la mejor y más conveniente. Tengo la confianza en que el tiempo nos dará la razón.
* Ex canciller de la República; embajador en Holanda
POR GUILLERMO FERNÁNDEZ DE SOTO*
ver: EL LITIGIO EN LA HAYA
Defensa del interés nacional
miércoles, noviembre 08, 2006 at 10:37 a. m.
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