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Corte Internacional de Justicia acepto la vigencia y efecto de la Real Orden de 1803

Fallo de Corte Internacional de Justicia sobre Honduras agita diferencias de Colombia y Nicaragua

La CIJ reconoció a Honduras soberanía en 4 islas, lo que puso a las partes a discutir si esto los afecta o los favorece en relación con la demanda que Nicaragua tiene contra Colombia en ese tribunal.

Tras conocerse la histórica sentencia de este lunes, expertos colombianos dijeron que no se afectan los derechos de Colombia en el Caribe y que, por el contrario, los favorece.

Incluso, la Cancillería colombiana dijo en un comunicado que la CIJ "se abstuvo de adoptar cualquier decisión que pudiera prejuzgar sobre los derechos de Colombia en el área".

El fallo recogió argumentos de "una y otra parte" y aunque fue favorable ampliamente a Honduras, establece una nueva frontera que reconoce parte de los reclamos de Managua sobre 130 mil kilómetros cuadrados.

La CIJ concluyó que "no existe línea tradicional fronteriza a lo largo del paralelo 15" norte, como decía Honduras, ni al paralelo 17, como era la pretensión máxima de Nicaragua.

El lío se remontaba a diciembre de 1999, cuando Nicaragua presentó una demanda ante la CIJ días después de que el Congreso hondureño ratificó un tratado limítrofe con Colombia, firmado en agosto de 1986, que según Managua atacaba parte de su soberanía en el mar Caribe.

Derechos del país son de 1928

Para el analista Alberto Lozano Simonelli, experto en el tema, la situación es sencilla: como la CIJ no desconoció los derechos que Honduras pactó con Colombia en el tratado, indirectamente también reconoció los de nuestro país, como es el límite del meridiano 82. Esta línea divisoria define hoy la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua.

"Además, la Corte deja señalado, en una forma incontrovertible, que la nueva frontera no debe afectar los derechos de terceros países, en este caso Colombia", precisó Lozano.

Fuentes del Gobierno dijeron a EL TIEMPO que "la Corte dejó a salvo los derechos de Colombia (...) que no surgen del tratado con Honduras, sino del Esguerra-Bárcenas, firmado en 1928. La Corte no lo toca de manera puntual en su sentencia".

Precisaron además que ninguna de las pretensiones principales formuladas por Nicaragua, similares a las que presentó para reclamar la soberanía de San Andrés, fue acogida en el fallo de la CIJ.

Otro de los puntos a favor para Colombia fue que el Tribunal aceptó la vigencia y efecto de la Real Orden de 1803, mediante la cual se segregaron la Costa Mosquitia y el Archipiélago de San Andrés de la Capitanía General de Guatemala y se adscribieron al Virreinato de Santafé.

"La razón que dio la Corte a Honduras demuestra que las pretensiones de Nicaragua en el caso colombiano son inclusive menos aceptables", dijo a su turno el ex canciller Augusto Ramírez Ocampo, quien firmó el tratado con Honduras.

En el caso de Nicaragua y Colombia, la Corte podría decidir antes de terminar este año si es competente o no para seguir adelante con la demanda nicaragüense. Todo porque Colombia presentó un alegato denominado excepciones preliminares, en el que argumenta que ese tribunal no tiene facultad para admitir la demanda.